martes, 1 de noviembre de 2011

Opinión :

REVOCATORIA

Por : Luis Antonio Páucar Solís

Según la ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, Ley Nº 26300, bastan 365 días para que las autoridades elegidas por voto popular democráticamente, informen y pongan en ejecución sus programas de gobierno, asímismo nos indiquen la proyección de su gobierno municipal eficiente, lo último en cumplimiento de la Ley de Municipalidades Nº 27972.

Las revocatorias deben ser reales, efectivas, y proceder del pueblo, y no una trampa política usada por candidatos que perdieron las elecciones, o por ex autoridades que hasta ahora no le han rendido cuentas a su pueblo en dos periodos de gobierno.
Evitar en lo posible, el inicio de campañas descabelladas, imponiendo artificios de calumnias, intriga, difamación; creando un cargamontón en base a díceres, que luego impactan en el ánimo ciudadano.


Cuando invoco que el proceso de revocatoria debe cumplir el deseo real y efectivo del pueblo, cuando en verdad sus autoridades infringieron el cumplimiento de la ley y mostraron evidencia de incapacidad, es porque un proceso de revocatoria interrumpe el desarrollo de una gestión, el logro de metas, y las nuevas autoridades van a requerir de un tiempo prudencial para retomar el camino a la eficiencia.

Algunos de los motivos por las cuales pueden ser revocadas las autoridades son:
-Pérdida de confianza del pueblo.
-Falta de respuestas a la demanda de servicios para la comunidad.
-Contrato de familiares en el municipio (nepotismo)
-Incumplimiento de promesas ofrecidas en campaña.
-No reconocimiento de los acuerdos del Concejo Municipal.
-Comisión de irregularidades en la licitación de obras públicas.
-No vivir en la localidad.
-Malversación de fondos municipales.

Ahora quiénes remplazarían a nuestras autoridades revocadas, serían quién alcanzó el segundo lugar en votos de la misma lista, para completar el periodo para el que fue elegido el revocado.
Entonces en Huallanca quién sería, como lo diría un periodista huallanquino, saque usted sus propias conclusiones.


Pero si la revocatoria es a más de un tercio de los miembros del concejo municipal, asume los accesitarios mientras se convoque a nuevas elecciones denominadas elecciones complementarias.

Definitivamente , el procedimiento de revocatoria es legal cuando viene de la voluntad de un pueblo de ejercer su derecho, no de voluntades y caprichos de grupos.
Cuando un grupo personas que perdieron las elecciones, sean quienes promueven y alienten su realización; entonces pierde su esencia y fundamento.
Quienes no merecieron la confianza popular, éticamente no están facultados para manejar la voluntad ciudadana y tienen que dar un paso al costado en sus ambiciones políticas personales de perpetuarse en el poder.

Es una modesta opinión, reitero que, estoy de acuerdo con una revocatoria de autoridades siempre que el quien lleve la bandera de revocatoria sea el pueblo.